El Gobierno reclamará a la Corte Suprema que declare la inconstitucionalidad de la reforma en Jujuy
El ministro de Justicia presentará un recurso ante la Corte Suprema para que se exprese sobre la reforma de la Constitución provincial impulsada por Gerardo Morales.
¿Qué dice la reforma constitucional de Jujuy?
La reforma de la Constitución Provincial de Jujuy se realizó el pasado martes 20 de junio, en medio de de movilizaciones de agrupaciones sociales y sindicales y un acuerdo entre Frente Cambia Jujuy y el Frente Justicialista.
Con el voto de los 29 representantes oficialistas se ratificó la “prohibición de cortes de ruta” en el marco de protestas, en un artículo que también impide la ocupación de edificios públicos en el marco de los reclamos sociales y gremiales. “La prohibición de los cortes de ruta es una convicción”, había expresado el gobernador Gerardo Morales en su presentación de la reforma constitucional.
Morales suspendió dos artículos de la Constitución reformada porque generan “dudas” en las comunidades indígenas. Son el 36 y el 50, que momentáneamente vuelven a la redacción original de la Constitución del año 1986.
El artículo 36 se refiere al “Derecho a la propiedad privada”. La nueva Constitución añade incisos al texto anterior y elimina algunos preceptos. La modificación aprobada quita del texto el párrafo que establecía que el derecho a la propiedad privada “no podrá ser efectuado en oposición a la función social o en detrimento de la salud, seguridad, libertad o dignidad humanas”.
Y agrega condiciones, como la que indica que “las leyes procesales de la Provincia deben incorporar mecanismos y vías rápidas y expeditivas que protejan la propiedad privada y restablezcan cualquier alteración en la posesión, uso y goce de los bienes a favor de su titular”. También, añade que “será considerada grave violación al derecho de propiedad la ocupación no consentida por parte de una o varias personas que impida al titular de la propiedad ejercer los derechos que le asisten según esta Constitución y la ley”.
En tanto, el artículo 50, el otro que Morales dio de baja, es el que se enfoca en los “derechos y garantías de las comunidades de los pueblos indígenas”. El gobernador resaltó el inciso 3 de ese artículo como el que genera mayores resistencias en las comunidades indígenas. “El Estado promueve la entrega de otras tierras aptas y suficientes para el desarrollo humano”, se lee en ese párrafo del nuevo texto constitucional.(Ámbito)